¡Primera victoria! Corte obliga publicación del acuerdo con el FMI

Home/Deuda Pública, Justicia Fiscal/¡Primera victoria! Corte obliga publicación del acuerdo con el FMI
Inicio / Deuda Pública / ¡Primera victoria! Corte obliga publicación del acuerdo con el FMI

¡Primera victoria! Corte obliga publicación del acuerdo con el FMI

Jueza obliga al Comité de Deuda y Financiamiento entregue información sobre el crédito contraído por el Ecuador con el FMI

El 27 de agosto de 2019 se llevó a efecto la audiencia dentro de la Acción de Acceso a la Información Pública No. 17233-2019-04943, proceso constitucional planteado debido a la falta de respuesta oportuna al pedido de información que requería, respecto del crédito contraído con el Fondo Monetario Internacional (FMI):

1. Se confiera fotocopias certificadas del Acta Resolutiva del Comité de Deuda y Financiamiento No. 006 de fecha 11 de marzo de 2019; así como de todos los sustentos técnicos que reposan en el Comité y sirvieron para autorizar la contratación de deuda externa con el Fondo Monetario Internacional (FMI);

2. Sobre la base de lo que dispone el artículo 290 de la Constitución, se confiera fotocopia certificada de la documentación que sirvió de sustento para cumplir estos requisitos y que sirvieron de base jurídica para autorizar la contratación de deuda externa con el Fondo Monetario Internacional, de conformidad con lo resuelto en el Acta Resolutiva No. 006 del Comité de Deuda y Financiamiento de 11 de marzo de 2019.

3. Se confiera fotocopia certificada de los informes de cumplimiento de la Carta de Intención que el Ecuador, a través del Ministerio de Finanzas y el Banco Central presentaron al Fondo Monetario Internacional el 01 de marzo de 2019; o, de las directrices que aprobó el Fondo Monetario Internacional para conceder deuda externa al Ecuador. Además solicitamos 

4. Se indique los montos o valores que hasta el momento ha desembolsado en favor del Ecuador en calidad de préstamo del Fondo Monetario Internacional, así como se nos indique en qué se ha utilizado dichos valores por parte del Estado Ecuatoriano o el Gobierno Nacional.

El Comité de Deuda, conformado por el Presidente de la República, Ministro de Finanzas, Secretario Nacional de Planificación, señalaron en una contestación apurada, realizada el mismo día de la audiencia, vía correo electrónico que: 

«Al no contar en los expedientes del Comité de Deuda y Financiamiento los informes de cumplimiento de la Carta de Intención de 1 de marzo de 2019, ni las directrices que aprobó el Fondo Monetario Internacional para la concesión del crédito; ni los sustentos o valores desembolsados hasta la fecha, así como el destino específico de dichos recursos; y, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ante la inexistencia de tal información o documentación en poder del Comité de Deuda y Financiamiento no corresponde a este ente crear o producir la misma»

Ante tal desconcierto y que incluso en su misma documentación constaba que se había anexado el pagaré, el Memorando de Entendimiento de la Política Económica y Financiera a la que nos comprometíamos, los plazos del crédito y más condiciones mediante las que se contraía el Crédito con el FMI, una Jueza valiente, que ejerciendo justicia constitucional, es decir controlar al poder, determinó que aceptaba la demanda parcialmente, pues la documentación entregada, no era completa. Decisión histórica que constituye un hito para la transparencia y defensa de los derechos constitucionales de los ciudadanos. El Gobierno deberá entregar lo que tanto ha escondido.

Consideramos que esta sentencia se ajusta al derecho constitucional y al marco legal vigente en el Ecuador. Este hito constitucional hará reflexionar al país sobre el papel de las instituciones, incluso pondrá a la Corte Constitucional a repensar porqué no se pronuncia ni admite a trámite las demandas que organizaciones sociales hemos presentado a este organismo por el crédito adquirido por el Ecuador con el Fondo Monetario internacional. Finalmente, los colectivos sociales exhortamos al Consejo de la Judicatura y al Ejecutivo a respetar, acatar y cumplir con la orden judicial

César López Sánchez

IFES FESITRAE

Fausto Pillajo Anchatuña

IFES FETRALPI

Luis Flores Pazmiño

IFES FRECOOS

Carlos Enrique Velastegui

IFES Guayas

Andrés Arauz

Observatorio  de la Dolarización

Pablo Fajardo

Unión de Afectados por Texaco – UDAPT

Adoración Guamán 

Centro de Derechos Económicos y Sociales – CDES

Sofía Jarrín Hidalgo 

Centro de Derechos Económicos y Sociales – CDES

Luis Ávila Linzán

Acción Jurídica Popular

Go to Top